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Resumen de actividad cumplida al 30/abril en todo el país por aplicación del nuevo CPP

Resumen de la actividad cumplida al día 30 de abril de 2018 en todos los juzgados del país con competencia para la aplicación del nuevo Código de Proceso Penal (ley nº 19.293 y sus modificativas, leyes nº 19.544 y 19.449) que rige desde el 1º de noviembre del corriente año.

ACTIVIDAD ACUMULADA EN TODO EL PAÍS
 

TIPO DE SOLICITUD

CANTIDAD

Audiencia de formalización con detenidos

2954

Audiencia de formalización sin detenidos

410

Prueba anticipada y/o diligencia preparatoria

2252

Reexamen por archivo provisional

8

Reserva de la investigación preliminar

74

Exhorto nacional

322

Exhorto internacional

30

Ampliación del plazo para investigación preliminar

102

Acceso a la investigación

167

Habeas corpus

5

Arresto preventivo con fines de extradición

10

Delitos cometidos por medios de comunicación (ley 16.099)

12

Principio de oportunidad

577

Archivo (art. 98 del CPP)

14

Archivo definitivo

41

Noticia al juez

296

Hospitalización por orden judicial

32

TOTAL

7306

 

2017-2018

 MONTEVIDEO

 INTERIOR 

 TODO EL PAÍS 

2017

NOVIEMBRE

404

 437

841

1903

DICIEMBRE

484

578

1062

2018

ENERO

375

566

941

5403

FEBRERO

532

695

1227

MARZO

742

761

1503

ABRIL

818

914

1732

 TOTALES

3355

3951

7306

 

 

ACTIVIDAD ACUMULADA EN OPEC MONTEVIDEO

TIPO DE SOLICITUD

CANTIDAD

Audiencia de formalización con detenidos

1495

Audiencia de formalización sin detenidos

123

Prueba anticipada y/o diligencia preparatoria

1085

Reexamen por archivo provisional

3

Reserva de la investigación preliminar

9

Exhorto nacional

156

Exhorto internacional

29

Ampliación del plazo para la investigación preliminar

2

Acceso a la investigación

4

Habeas corpus

1

Arresto preventivo con fines de extradición

8

Delitos cometidos por medios de comunicación (ley 16.099)

3

Principio de oportunidad

385

Archivo (art. 98 del CPP)

4

Archivo definitivo

1

Noticia al juez

43

Hospitalización por orden judicial

4

TOTAL

3355

 

 

ACTIVIDAD OPEC MONTEVIDEO POR MESES

2017 
 

NOVIEMBRE

404

888

DICIEMBRE

484

2018

ENERO

375

2457

FEBRERO

532

MARZO

742

ABRIL

818

TOTAL

3355

 

ACTIVIDAD ACUMULADA EN EL INTERIOR DEL PAÍS

TIPO DE SOLICITUD

 CANTIDAD 
 

Audiencia de formalización con detenidos

1495

Audiencia de formalización sin detenidos

287

Prueba anticipada y/o diligencia preparatoria

1167

Reexamen por archivo provisional

5

Reserva de la investigación preliminar

65

Exhorto nacional

166

Exhorto internacional

1

Ampliación del plazo para la investigación preliminar

100

Acceso a la investigación

163

Habeas corpus

4

Arresto preventivo con fines de extradición

2

Delitos cometidos por medios de comunicación (ley 16.099)

9

Principio de oportunidad

192

Archivo (art. 98 del CPP)

10

Archivo definitivo

40

Noticia al juez

253

Hospitalización por orden judicial

28

TOTAL

3951

 

RESUMEN POR DEPARTAMENTO

2017

2018

DEPARTAMENTO

TOTAL

 NOV

 DIC 

 ENE 

FEB

MAR

ABR

Artigas

172

11

22

30

40

33

36

Canelones

754

100

130

110

133

124

157

Cerro Largo

269

21

26

31

55

72

64

Colonia

231

31

23

33

34

45

65

Durazno

148

14

18

18

26

37

35

Flores

85

11

7

3

6

10

48

Florida

115

19

19

23

13

21

20

Lavalleja

199

8

35

24

42

31

59

Maldonado

388

47

68

53

61

81

78

Paysandú

257

27

32

49

43

54

52

Río Negro

124

16

16

19

11

33

29

Rivera

239

23

26

38

48

47

57

Rocha

214

22

28

38

48

21

57

Salto

207

29

34

17

36

43

48

San José

169

16

21

27

31

38

36

Soriano

170

15

28

31

33

35

28

Tacuarembó

114

19

27

12

19

20

17

Treinta y Tres

96

8

18

10

16

16

28

TOTAL

3951

437

578

566

695

761

914

 

GLOSARIO CPP 2017

Audiencia de formalización: cuando el Fiscal cuenta con los elementos objetivos suficientes para dar cuenta de la comisión de un delito y tiene identificados a los presuntos responsables del mismo, solicita al Juez competente una audiencia en la que serán escuchadas las partes (el Fiscal y el sospechado de delito), así como la víctima (art. 266 CPP).
Si el imputado está detenido, la solicitud de audiencia deberá hacerse de inmediato y se habrá de celebrar la misma dentro de las 24 horas siguientes al momento de la detención (art. 266.4 CPP).
Si el imputado se encuentra en libertad, el Juez convocará a las partes y a la víctima a una audiencia que se celebrará en un plazo no mayor a 20 días (art. 266.5 CPP)
En la audiencia de formalización el Juez resolverá sobre: a) la legalidad de la detención si la hubo; b) si admite la solicitud de formalización presentada por la Fiscalía; c) el pedido de medidas cautelares que formulen el Fiscal o la víctima y d) toda otra petición planteada por las partes (art. 266.6 CPP).

Imputado: es toda persona a quien la Fiscalía atribuya participación en la comisión de un delito, o que sea indicada como tal ante las autoridades competentes. Esta calidad jurídica puede atribuirse desde el inicio de la indagatoria preliminar de un hecho presuntamente delictivo o durante el desarrollo de los procedimientos y hasta que recaiga sentencia o resolución que signifique conclusión de los mismos (art. 63.1 CPP)

Prueba anticipada o diligencia preparatoria: consiste en el cumplimiento de actividades que se considera necesario desarrollar antes del juicio en el cual habrán de tener utilidad. En algunas ocasiones esa actividad puede estar dirigida a obtener una prueba que corre riesgo de perderse con el transcurso del tiempo (prueba anticipada), o puede tratarse de una actividad que pretende la verificación de los hechos acontecidos, el aseguramiento de elementos materiales vinculados al delito o la identificación de sus presuntos responsables.

Acceso a la investigación: El imputado y su defensor, así como la víctima, pueden examinar los registros y documentos de la investigación fiscal (art. 259 nmal. 2 CPP).

Reserva de la investigación preliminar: las actuaciones de investigación preliminar llevadas a cabo por la Fiscalía o por la autoridad administrativa (Policía) estarán reservadas para las personas ajenas al procedimiento. El imputado y su defensor podrán examinar esos registros y documentos, sin embargo, la Fiscalía puede solicitar al Juez que determinadas actuaciones permanezcan en reserva respecto del imputado, su defensor y demás intervinientes por un plazo de hasta 40 días con la finalidad de asegurar le eficacia de la investigación. El plazo puede ser prorrogada por el Juez hasta un plazo de seis meses (art. 259 CPP).

Ampliación del plazo para la investigación preliminar: la investigación no puede extenderse por un plazo mayor a un año contado desde la formalización de la investigación. En casos excepcionales debidamente justificados, el fiscal podrá solicitar al Juez la ampliación del plazo hasta por un año más (art. 265 CPP).

Arresto preventivo con miras de extradición: en situaciones de urgencia el Juez puede ordenar el arresto preventivo de una persona reclamada, a través de Interpol, por otro Estado que pretende presentar un pedido formal de extradición y respecto de quien exista orden judicial de arresto o fallo condenatorio (art. 338 CPP). La extradición es el procedimiento por el cual se determina si una persona acusada o condenada en otro país debe ser devuelta al mismo para ser enjuiciada o cumplir con la pena pendiente.

Delitos cometidos por medios de comunicación: constituye delito de comunicación el que se comete a través de los medios de comunicación (ejecución de emisiones, impresos o grabaciones divulgadas públicamente) y está calificado como tal en el Código Penal o en leyes especiales (art. 19 de la ley 16.099). El ejemplo típico son los delitos de difamación en injurias establecidos en el arts. 333 y 334 del Código Penal, que se reputan delitos de comunicación cuando se cometen a través de los medios de comunicación.

Principio de oportunidad: La Fiscalía tiene atribución para aplicar el principio de oportunidad reglado (art. 45 lit. e CPP) y podrá abandonar la persecución penal cuando se trate de delitos de escasa entidad, que no comprometan gravemente el interés público, siempre que la pena mínima no supere los dos años y no hayan sido cometidos por funcionarios públicos en ejercicio. El mismo principio podrá aplicarse cuando se trate de delitos culposos (cuando no hay intención o dolo) o si hubieran transcurrido cuatro años desde la comisión del hecho y la posible pena a recaer no supere los dos años (art. 100 CPP).

Archivo: La Fiscalía puede dar por terminada la investigación cuando los hechos relatados no constituyan delito o se encuentra extinguida la responsabilidad penal del imputado o si las actuaciones cumplidas no han arrojado resultados útiles. El denunciante o la víctima pueden solicitar al Juez que el caso sea revisado por un Fiscal subrogante (art. 98 CPP).

Archivo definitivo: El Fiscal subrogante tendrá un plazo de 20 días para reexaminar la cuestión que fue terminada por el primer Fiscal. La decisión del Fiscal subrogante concluye la cuestión y se comunicará al juez, al jerarca de la Fiscalía y quien haya solicitado la reexaminación del caso (art. 98.4 CPP).

Noticia al juez: En los casos en que se haya resuelto la suspensión condicional del proceso a cambio del cumplimiento de determinadas condiciones u obligaciones a cargo del imputado (art. 383 CPP), las partes (Fiscalía e imputado) podrán modificar esas condiciones u obligaciones dando noticia al juez que interviene en la causa (art. 388 CPP).

Hospitalización por orden judicial: el art. 33 de la ley nº 19.529 de 24/ago/2017 establece la posibilidad de hospitalización involuntaria por orden judicial cuando se cuente con informe médico que la justifique. Una persona solo puede ser hospitalizada involuntariamente o retenida en el centro asistencial en la que se encuentra cuando: a) exista riesgo inminente de vida para sí o para terceros; y b) esté afectada su capacidad de juicio y de no ser hospitalizada pueda producirse un deterioro considerable de su condición o impedir que se le proporcione un tratamiento adecuado que solo puede aplicarse mediante la hospitalización (art. 30 de la norma mencionada).