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117/2025 - Novedades para la Inspección General de Registros Notariales (IGRN)
Bajada

La Dirección General de los Servicios Administrativos del Poder Judicial libra circular nº 117/2025 a fin de poner en conocimiento que:

1) A partir del 8 de setiembre de 2025, el sistema de Agendas de la Inspección General de los Registros Notariales (IGRN) dejará de estar vigente para los siguientes trámites que se realizarán únicamente de forma presencial y por orden de llegada:
a) Retiro de rúbrica en todo el horario de atención al público;
b) Retiro de legalizaciones en todo el horario de atención al publico;
c) Retiro encuadernaciones en todo el horario de atención al publico;
d) Retiro de visita no observada, en todo el horario de atención al publico;
e) Ingreso de expediente nuevo, consulta, levantamiento de observaciones y retiro de expedientes en trámite por orden de llegada de 12 a 14 horas
2) Seguirá rigiendo el sistema de Agenda para los siguientes trámites:
a) Solicitudes al Archivo de Registros Notariales a cargo de esa oficina, que continuará con el sistema híbrido (ver Circular No. 72/2025) y depósito en el mismo.
b) Ingreso de rúbrica; ingreso de legalizaciones e ingreso de encuadernaciones.-
3) A partir del 1º de noviembre de 2025 para el ingreso del trámite de Habilitación de Cuadernos de Protocolo del año 2026, se requerirá –sin excepción-  cumplir con todos los siguientes ítems:
a) Tener presentado en la Inspección General de los Registros Notariales (IGRN) los Registros Notariales encuadernados hasta 2022 controlados sin observaciones;
b) Tener presentado en la Caja Notarialde Seguridad Social la totalidad de los Registros Notariales del año 2023 debiendo exhibir en baranda el comprobante original emitido por dicha Caja;
c) Retirar toda la Visita de los Registros Notariales que se encuentra pronta para retirar y sin observaciones.
4) Los escribanos cuyos Registros Notariales resulten observados en el acto de visita, deberán comunicarse exclusivamente por vía telefónica con el escribano de control a efectos de informarse de las observaciones y coordinar su levantamiento.
5) La IGRN no evacúa consultas técnicas de los escribanos, salvo las derivadas de tareas de control de sus Registros Notariales.
6) A la brevedad se actualizará el apartado destinado a esta Inspección en la página web del Poder Judicial (https://www.poderjudicial.gub.uy/institucional/inspeccionde-registros-notariales.html), donde se encontrarán datos relevantes e instructivos de los trámites, los cuales se recomienda adoptar.