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028/2026 - Relevamiento de aspiraciones de Defensores Públicos y de Procuradores
Bajada

En el marco de lo establecido en el art. 1º de la Acordada Nº 8171 del 29 de agosto 2023, en el art. 4º lit. k y l de la Acordada Nº 7918 del 7 de setiembre de 2017 en la redacción dada por el art. 2º de la Acordada Nº 8171, y en el art. 135 de la ley N.º 16.462 de fecha 25 de noviembre de 1994, se ha dispuesto la realización del relevamiento de aspiraciones por traslados de localidad o cambio de materia.
A los efectos de expresar las aspiraciones se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1º) Completar los formularios que se han dispuesto por parte de DINADEF y que se les hará llegar a todos los técnicos del país.
2º) Conforme se dispuso por Mandato Verbal de la SCJ del 24 de junio de 2022, se deberá adjuntar un relacionado con la capacitación exclusivamente en relación al cargo que se aspira, debiendo agregar documentación escaneada.
3º) El formulario y la documentación, si correspondiere, deberá ser enviado vía mail exclusivamente a aspiracionesdinadef@poderjudicial.gub.uy
4º) El relevamiento de aspiraciones tiene carácter anual, rigiendo el presente a partir del día 1º de abril de 2026 al 31 de marzo de 2027
5º) De efectuar aspiración para varios destinos el Defensor y/o Procurador deberá tener presente que de aceptar uno de ellos los demás destinos seleccionados quedarán sin efecto en esta oportunidad