045/2023- Solicitud de información al Registro de Testamentos. Pago Electrónico

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La Dirección General de los Servicios Administrativos del
Poder Judicial, cumple en librar la presente, a efectos de ampliar la Circular nº 161/2020,
comunicando que a partir del próximo 20 de abril de 2023 se encontrará habilitado el
pago electrónico del Timbre de Testamentos y Legalizaciones, art. 21 de la Ley N.º
17.707.
En esta primera etapa, exclusivamente para solicitarinformación al Registro de Testamentos,
los usuarios podrán optar por realizar el pago mediante timbres físicos, procedimiento
utilizado hasta la fecha, o realizar el pago en línea.
En este último caso el sistema adjuntará el recibo correspondiente al certificado emitido.
Se recuerda a las Sedes Jurisdiccionales la responsabilidad
de controlar que en la documentación recibida se encuentre adjunto el recibo de pago
respectivo, en caso que se hubiera realizado el pago en forma electrónica o que se
encuentre adherido el timbre físico si se hubiera optado por el pago mediante este
mecanismo, mientras se encuentre admitido. Quedan exceptuados de dicho control los
organismos incluidos en el artículo 22 de la Ley N.º 17.707.
Se comunicará oportunamente cuando el mecanismo de pago electrónico del Timbre de
Testamentos y Legalizaciones sea el único medio válido.

 

 

 

 

 

 

 

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