161/2020 - Comunicación de único medio válido para solicitar información al Registro de Testamentos - Ventanilla Única Judicial

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(Ampliada por Circular Nº 45/2023)

La Dirección General de los Servicios Administrativos del Poder Judicial cumple en librar la presente a fin de poner en conocimiento que, en cumplimiento del Plan Estratégico del Poder Judicial 2015-2024, y ahondado en la política institucional tendiente a la gestión sin papel, a partir del próximo 26 de octubre de 2020 las solicitudes de información al Registro de Testamentos se realizarán únicamente en formato digital y serán recibidas exclusivamente a través del sistema disponible en la Ventanilla Única Judicial (ventanilla.poderjudicial.gub.uy), remitiéndose al solicitante la respuesta por ese mismo medio.

El certificado que se emita será firmado electrónicamente por funcionarios técnicos de la Inspección General de Registros Notariales (IGRN), no visualizándose ninguna firma manuscrita. El procedimiento de validación de las copias en soporte papel se realizará en concordancia con la Acordada nº 8050, de fecha 24 de octubre de 2019.
Los Oficios con solicitudes que realicen las Defensorías Públicas deberán ingresarse por la Ventanilla Única Judicial.

El Oficio con solicitudes por variantes que realicen las Sedes Jurisdiccionales deberá ser entregado al interesado quien deberá efectuar la solicitud por la Ventanilla Única Judicial, adjuntando la imagen del oficio correspondiente. Se deberá tener presente que si el Oficio contiene más de una variante, el usuario deberá efectuar tantas solicitudes de ingreso como variantes hubiere en el oficio, repitiendo el mismo procedimiento en cada ingreso.
En caso que la Inspección General de Registros Notariales constatare errores en las solicitudes ingresadas o que faltare información, el trámite será rechazado. El usuario deberá ingresar una nueva solicitud corrigiendo los errores constatados por los cuales fue rechazado.

La atención y soporte a usuarios será realizada por la Oficina de Recepción y Distribución de Asuntos (ORDA), en forma telefónica al teléfono 1907 int. 6203 en el horario habitual de oficina, y/o a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. El instructivo correspondiente se encuentra disponible en el Sitio Web del Poder Judicial.
Se recuerda a las Sedes Jurisdiccionales la responsabilidad de controlar la autenticidad del documento y la presencia del Timbre de Testamentos y Legalizaciones art. 21 ley 17.707 al momento de ser recibido para su tramitación, hasta tanto no se encuentre operativo el mecanismo de pago electrónico, lo que será comunicado oportunamente. Quedan exceptuados de dicho control los organismos incluidos en el artículo 22 de la mencionada ley.

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