Juez Erramuspe procesó a dos personas que robaron a un hombre que mataron en Durazno

Miércoles, 19 Marzo 2014

18.03.14, de DICOMI-SCJ.- El Juez Letrado de Primera Instancia de Durazno de 1º Turno, Dr. Tabaré Erramuspe, procesó con prisión a dos personas que hurtaron y mataron, a golpes a un hombre.

El día 9 de marzo, M.B. concurrió a la casa de un amigo luego de presenciar una reunión familiar en que había consumido bebidas alcohólicas. Al retirarse de allí, embistió con su auto a R.G. y M.G. que caminaban en la misma dirección en estado de ebridad.
La colisión entre las partes generó una discusión. El conductor salió de su auto con una llave cruz e intentó tomar la bicicleta que R.G. llevaba "a tiro". En ese momento recibió el golpe de una piedra en su cabeza arrojada por quien llevaba el birrodado. El conductor del auto cayó al suelo pero R.G. continuó golpeándolo en la misma zona del cuerpo con una vara. Luego de ello, los dos peatones tomaron una caja de herramientas que se encontraba en el auto de M.B. Las "graves injurias cráneo-encefálicas" provocaron la muerte de M.B. el 11de marzo en un nosocomio.
Según el auto de procesamiento, la víctima mostraba cierta actitud pendenciera. El magistrado concluyó "la materialidad" de su conducta "no llegó a configurar una real amenaza" hacia R.G. y M.B. La acción realizada por estos "no deviene racional ni proporcional al conato de agresión alegado por los enjuiciados, deviniendo objetivada la intención de matar".
El magistrado accedió a lo solicitado por el representante del Fiscal y en consonancia por lo establecido por los artículo 54, 60, 310 y 340 del Código Penal; 113, 125 y 128 del Código de Proceso Penal y los artículos 15 y 16 de la Constitución, resolvió procesar con prisión a F.M.G.G. y A M.A.R.G por la presunta comisión de un delito de homicidio intencional y un delito de hurto en régimen de reiteración real.
El Código Penal en su artículo 18 entiende que "nadie puede ser castigado por un hecho que la ley prevé como delito, si no es intencional, ultraintencional o culposo, cometido además con conciencia y voluntad".


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