Timbre registral de Testamentos y Legalizaciones puede abonarse en línea
Recordamos que desde el 20 de abril se encuentra habilitado el pago electrónico del Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones (art. 21 de la ley nº 17.707).
Este timbre es necesario para realizar el trámite de solicitud de información de testamentos a través de la Ventanilla Única Judicial.
Los usuarios pueden optar por realizar el pago adquiriendo el timbre físicamente, como se ha venido haciendo hasta ahora, o realizar el pago utilizando la web. En este último caso el sistema adjunta el recibo correspondiente al certificado emitido.
El artículo 21 de la ley nº 17.707 crea el "Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones", estableciendo que su valor se ajustará de forma semestral en función de la variación del Índice de Precios del Consumo. La norma establece, además, que será recaudado por la Suprema Corte de Justicia y que su producido constituye un fondo propio del Poder Judicial.
El tributo está vigente desde noviembre de 2003.