140/2025 - Acordada 8256 - Comunicación por parte de las sedes penales a los juzgados letrados con competencia en materia de protección de NNA con derechos vulnerados (art. 117 y ss. del CNA), en ocasión de formalización o condena de la persona a cargo

La Prosecretaría Letrada de la Suprema Corte de Justicia cumple en librar la circular nº 140/2025, a fin de comunicar la Acordada n.º 8.256 del día 30/oct/2025, cuya copia se adjunta y que establece para toda sede penal que formalice o condene a una madre, padre, tutor o cuidador que tenga a su cargo un niño, niña o adolescente, la obligación de comunicar dicha circunstancia al juzgado letrado con competencia en protección de niños, niñas y/o adolescentes con derechos vulnerados (art. 177 y sgtes. del CNA), a fin de que evalúe la situación y determine si corresponde disponer medidas de protección, acompañamiento o seguimiento.

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