132/2023 - Rúbrica de Protocolos

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La Dirección General de los Servicios Administrativos, cumple en librar a Ud. la presente atento a la transformación de los Juzgados Letrados de San Carlos de 1º y 2º turnos a partir del 11 de diciembre de 2023, de conformidad con lo dispuesto en las Acordadas Nros. 8182 y 8185 de fechas 19 de octubre y 21 de noviembre de 2023 respectivamente.
De acuerdo a las citadas acordadas, la jurisdicción de los Juzgados Letrados de Maldonado de 5º y 6º turnos competentes en Civil, Contencioso Administrativo y Concursal, al igual que otros, será todo el departamento de
Maldonado.
De conformidad con el art. 62 de la Acordada Nº 7533 de fecha 22 de octubre de 2004 (Reglamento Notarial) corresponde a los Juzgados Letrados del Interior con competencia en la materia civil la habilitación (rúbrica) de los
protocolos, por lo cuál a partir del 11 de diciembre de 2023, los Escribanos que rubricaban en los Juzgados Letrados de San Carlos de 1º y 2º turnos, en adelante la solicitarán a los Juzgados Letrados de Maldonado de 5º y 6º turnos, no siendo necesaria la autorización dispuesta en el art. 63 de la referida acordada.

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