093/2023 - Acordada nº 8172 - Modificación Acordada nº 8169

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LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA,
RESUELVE:


1º.- Modificase el resuelve 2º de la Acordada nro. 8.169 que queda redactado de la
siguiente manera:
«Los aspirantes a ser incluidos en el listado deberán cumplir con los siguientes
requerimientos aportando los recaudos a sus efectos, a saber:

a) Currículum Vitae, en el que deberá inexorablemente denunciar mimero de
teléfono y constituir domicilio a los efectos de futuras notificaciones y en caso de
integrar el listado de las futuras designaciones, siendo de su cargo mantener
informado eventuales modificaciones.

b) Título habilitante de abogado y recaudos que acrediten su conocimiento en
la materia (maestrías, postgrados, cursos, etc).

c) Experiencia acreditada de 2 años en el ejercicio de la profesión.

d) Certificado libre de adeudos de partes a la Caja de jubilaciones y Pensiones
de Profesionales Universitarios y constancia actualizada de encontrarse inscripto en
el Registro Único Tributario de la Dirección General de Impositiva.

e) Indicar la zona o zonas a la/s que aspira a ser incluido, de conformidad con
la división geográfica establecida por la Acordada nro. 7.449, pudiendo delimitar en
su caso, ciudad/es concreta/s donde exclusivamente aspira a ser designada/o».


2°.- Modificase el resuelve 8% de la antes mencionada Acordada, el que quedará
redactado de la siguiente manera:

«Créase una Comisión Asesora del Registro de Abogados Especializados en Materia
de Infancia y Adolescencia, la que se integrará en forma permanente con un
representante designado por el Colegio de Abogados del Uruguay y la Asociación de
Magistrados del Uruguay, a propuesta de estos, y un representante designado por la
Suprema Corte de Justicia -que la presidirá-, los que deberán acordar los asuntos en
su actuación por mayoría.

En todo lo atinente al listado que por la presente se regula, resolverá la Suprema
Corte de Justicia con previo informe de la Comisión Evaluadora que por la presente
se crea, con el soporte administrativo de la Dirección General de los Servicios
Administrativos».

3º.- Atento a las modificaciones que por la presente se resuelven, prorrógase el
período de inscripción de interesados en integrar el listado en curso, el que se
extenderá hasta el último día hábil del mes de septiembre del corriente año.

4º.- Comuníquese y publíquese en la página web.

 

 

 

 

 

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