183/2020 - Convenio entre el Poder Judicial y la Contaduría General de la Nación

imagen circulares

La Dirección General de los Servicios Administrativos del Poder Judicial cumple en librar la presente a fin de poner en su conocimiento que atento a lo dispuesto por la Acordada nº 7986 de fecha 26 de julio de 2018 y a la suscripción de Convenio entre el Poder Judicial y la Contaduría General de la Nación, a partir del 9 de diciembre de 2020 las comunicaciones a cursar entre ambas instituciones respecto de aquellas cuentas judiciales que no registraron movimientos en un plazo de 10 años, en las que se omitió la comunicación dispuesta por Circular nº 58/2018, se procedió por el Banco de la República Oriental del Uruguay a verter sus importes al Tesoro Nacional (Rentas Generales) y de las cuales se solicita su devolución, se realizará según el procedimiento que se detalla a continuación:

El juzgado que solicita la transferencia de fondos mencionada, enviará el oficio judicial únicamente a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (NEJ-Oficios), utilizando el modelo disponible con los datos mencionados en la Circular nº 198/2018.

La Contaduría General de la Nación enviará desde la casilla de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. las respuestas a las solicitudes de transferencia de fondos, a la casilla de correo electrónico institucional del juzgado solicitante, en los siguientes supuestos: (i) cuando la respuesta signifique el cumplimiento de la transferencia de fondos a la cuenta bancaria del mencionado juzgado, indicando número de cuenta, monto, moneda y fecha de la misma, adjuntándose la documentación probatoria correspondiente; (ii) cuando no sea posible realizar la transferencia de fondos solicitada, detallando los motivos que impidieron su realización, así como si dicho impedimento es o no subsanable, y en su caso, el procedimiento correspondiente a tales efectos. En caso de adjuntar documentos, los mismos contendrán firma electrónica avanzada.

Temas relacionados

Descargar material adjunto