164/2020 - Exhortos Internacionales

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La Prosecretaría Letrada de la Suprema Corte de Justicia libra la presente, a fin de llevar a su conocimiento que, con motivo de la crisis sanitaria originada por la COVID-19, Autoridad Central de Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio de Educación y Cultura manifestó dificultades en relación a la tramitación de exhortos internacionales por tal vía, en formato papel, en especial con Argentina y Brasil. Ello, en atención al no funcionamiento de los correos postales.
Por tal motivo, Autoridad Central solicita la posibilidad de remisión de las solicitudes de cooperación internacional -tanto activas como pasivas-mediante correo electrónico.
En función de ello, y sin perjuicio de lo que en definitiva los Sres. Magistrados entiendan corresponder conformea la normativa legal o convencional, se recuerda la obligatoriedad de la revisión diaria de la casilla de correo electrónico (art. 6º de la Acordada Nro. 7.986, de 26 de julio de 2018) a fin de ejercer el debido control para el caso de que ingrese una solicitud de cooperación internacional por tal vía.
Asimismo, se hace presente que la oficina de Cooperación Jurídica Internacional de Prosecretaría Letrada de la Corporación, se encuentra a disposición de los interlocutores judiciales para trámites y/o consultas relativas a exhortos internacionales que tramiten por vía diplomática, debiendo dirigirse a tales efectos al correo institucional Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o a través del teléfono 1907 interno 4067.
Por último, se recuerda la utilidad de acudir a IberRed como herramienta de cooperación en materia penal y civil (en sentido amplio), la que se encuentra a disposición de los operadores jurídicos, a fin de consultar acerca del estado de la tramitación de exhortos.
Esta herramienta tiene el dinamismo necesario para convertirse en un canal de comunicación que asegure la maniobra institucional y contribuya a la coordinación eficaz de las solicitudes de cooperación jurídica internacional, pasivas y activas, cuyas solicitudes de informes podrán cursarse a los puntos de contacto designados a tales efectos -que lucen publicados en el sitio web del Poder Judicial-, o por intermedio de la oficina de Cooperación, la que cursará la solicitud por intermedio del Sr. Prosecretario, en su carácter de coordinador nacional.

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