153/2019 - Acordada nº 8055 - Creación del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Ejecución y Vigilancia de Libertad

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Acordada nº 8055

04 de noviembre de 2019

 

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

RESUELVE:

 

1º.- Créase el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Ejecución y Vigilancia de Libertad, el que se declara constituído a partir del día 11 de noviembre de 2019 con la misma jurisdicción que las sedes de 1º y 3º Turnos.

2º.- El Juzgado creado por esta acordada funcionará en régimen de oficina única con sus similares de 1º, 2º y 3º Turnos y pasarán a denominarse Juzgados Letrados de Primera Instancia de Libertad de 1º, 2º y 3º Turnos y de Ejecución y Vigilancia.

3º.- Su competencia será la que el Códgio del Proceso Penal (Ley nº 19.293, modificativas y concordantes), atribuye a los Jueces de Ejecución y Vigilancia en el Libro III, Títulos Ia IV.

4º.- Asumirán competencia en todas las causas que actualmente se encuentren en etapa de ejecución en los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Libertad de 1º, y 3º Turnos.

Serán asimismo competentes para entender en todos los asuntos en que recaiga sentencia que pase en autoridad de cosa juzgada posteriormente a su creación y en todas aquellas causas que reciban en aplicación del art. 289 del neuvo CPP (art. 322 CPP 1980).

5º.- Las facultades referidas en la Acordada nº 7147 serán ejercidas durante el presente año por el magistrado que actualmente las ostenta, continuando luego en forma anual y rotativa, como allí se establece.

6º.- Cométese a División Tecnología la redistribución a la nueva Sede de aquellos expedientes que se encuentren en estado de ejecución.

7º.- Cométese a la Dirección General de los Servicios Administrativos la realización de los procedimientos necesarios para la instalación efectiva del Juzgado Letrado creado.

 

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