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  • Jueves, 20 Julio 2017
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  • Viernes, 05 Enero 2018
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    1273 TAF 1º confirmó entrega de niños de madre baleada por su expareja policía a los abuelos paternos /contenido/item/1273-tribunal-de-familia-de-1-turno-confirmo-decision-de-entregar-ninos-de-madre-baleada-por-su-pareja-policia-a-los-abuelos-paternos.html
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19.07.17, de DICOMI-SCJ.- El Tribunal de Apelaciones de Familia de 1º Turno confirmó una resolución telefónica de la jueza Dra. Iris Vega, que puso bajo responsabilidad de los abuelos paternos a dos hijos de un policía que mató a su ex pareja en presencia de dichos menores, causando gran repercusión pública.

En efecto, la Jueza Letrada de Familia Especializada de 8º Turno, Dra. Iris Vega, dispuso “mantener situación de los niños con los abuelos paternos y respecto de los tíos maternos pueden solicitar la tenencia en el juzgado de familia común”, además de “intimar a los adultos a una actitud de respeto entre ellos y para con los niños y no limitar la visita si los niños quieren ver a sus tíos”.

La tía y la abuela materna de los niños interpusieron recurso de reposición y apelación en subsidio, aduciendo que la decisión de la Dra. Vega vulneraba los derechos de los niños por negarles el derecho a ser escuchados, desconociendo el contexto familiar en el que se encontraban inmersos y con quienes compartían su cotidianeidad, sin valorar la situación de extrema violencia a la que se encontraban expuestos.

Las integrantes del Tribunal de Apelaciones de Familia de 1º Turno, Ministras Dra. María del Carmen Díaz y Dra. Mirian Musi, expresaron que “los Juzgados de Familia especializados son juzgados de urgencia”, y que “en tal sentido deben actuar”, en el marco de lo dispuesto por los arts. 117 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, “tomando medidas puntuales y acotadas al derecho vulnerado”.

En el caso concreto “al momento de la comunicación efectuada –horas de la madrugada del in suceso-, no existía una situación de vulneración de los derechos de los niños -en referencia a sus cuidados y protección- (y en forma independiente al in suceso que ocurrió con su madre), en tanto se encontraban con sus abuelos y de éstos no existía –ni existe– información que pudieran estar en riesgo inminente si permanecían con los mismos” expresaron las magistradas.

“Todo lo planteado respecto si corresponde en definitiva permanecer o no con sus actuales tenedores debe dirimirse ante la justicia ordinaria de familia”, añadiendo que el caso planteado “no es una situación de suma urgencia y puede resolverse mediante un proceso que garantice los derechos de todas las partes, realizándose las pericias y demás pruebas correspondientes, sin perjuicio que también ante los juzgados de familia ordinaria se pueden peticionar medidas cautelares”.

Por su parte, la tercera integrante del Tribunal, Ministra Dra. Lilián Bendahan, dijo que “corresponde ahora que los familiares maternos de los niños interpongan la solicitud de tenencia frente al Juzgado competente donde se irá -con esta protección provisoria- a dirimir en el debido proceso”.

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