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  • Viernes, 27 Mayo 2016
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  • Viernes, 05 Enero 2018
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    1051 Juez dos Santos: almacenero actuó en defensa propia al matar a dos jóvenes durante una rapiña /contenido/item/1051-juez-dos-santos-almacenero-actuo-en-defensa-propia-al-matar-a-dos-jovenes-durante-una-rapina.html
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27.05.16, de DICOMI-SCJ.- El Juez Letrado en lo Penal de 12º Turno, Dr. Nelson dos Santos, eximió de responsabilidad a un almacenero de setenta y dos años de edad implicado en la muerte de dos jóvenes que intentaron rapiñarlo en su local comercial, entendiendo que habría actuado en legítima defensa.

El magistrado comparte los fundamentos aportados por el Fiscal, quien entiende que en el caso están dados los tres elementos fundamentales que justifican la legítima defensa.

Tal y como lo define el artículo 26 del Código Penal (legítima defensa), se hallan exentos de responsabilidad quienes obran en defensa de su persona o sus derechos, cuando concurren las siguientes circunstancias: que se esté repeliendo una agresión ilegítima; que el medio empleado para repeler la agresión sea razonable a las circunstancias en las que ésta se produce; y que no haya habido provocación de parte de quien se defiende.

El Juez dos Santos explicó la importancia de un pronunciamiento desde el inicio, con el cual "debe tratar de evitarse en lo posible el daño moral que puede conllevar el sometimiento a un proceso penal o un encarcelamiento si se tiene presente la duración de nuestro actual proceso penal".

Del relato de testigos y del indagado surge que los jóvenes fallecidos ya habrían participado en hechos similares ocurridos en el mismo comercio y en otro que gira en el ramo de carnicería, y que es lindero con el almacén donde se produjo el incidente.

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