Ciudadano argentino requerido consintió que se le extradite para ser juzgado en su país de origen

Viernes, 19 Junio 2020

La Jueza Letrada de Primera Instancia en lo Penal de 33º Turno, Dra. Adriana de los Santos, ordenó la extradición de un ciudadano argentino requerido en el marco de una investigación por disparos contra la policía porteña frente al Congreso de la Nación en diciembre de 2017.
La decisión fue tomada durante la audiencia cumplida ayer, con la presencia de la Fiscal de 1º Turno de Flagrancia, Dra. Graciela Peraza, el defensor de particular confianza, Dr. Pablo Martín Ghirardo, y de su defendido S.R.R., de 35 años, argentino, de profesión operario, con domicilio en Ciudad de Rosario (Provincia de Santa Fe).
En su resolución, de los Santos reseñó que se había recibido desde la República Argentina el pedido formal de extradición de S.R.R., ajustado a las exigencias formales del tratado de extradición entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay, ratificado en nuestro país por la ley 17.225.
Habiendo sido informado el requerido sobre los hechos por los cuales será juzgado en su país de origen, así como las normas penales presuntamente violadas, aceptó el trámite de la extradición simplificada prevista en el art. 22 del tratado ya citado, dando su consentimiento en forma libre y voluntaria, estando asistido por su defensa.
El artículo 22 del tratado expresa que “la parte requerida podrá conceder la extradición si la persona reclamada, con asistencia letrada y ante la autoridad judicial de la parte requerida, prestare su expresa conformidad en ser entregada a la parte requirente, después de haber sido informada acerca de sus derechos a un procedimiento formal de extradición y de la protección que éste le brinda”.
El plazo de entrega del extraditado es de treinta (30) días corridos a partir de la notificación al estado requirente. La entrega deberá realizarse junto con documentos y otros artículos personales que sean de su propiedad. Asimismo, la jueza de los Santos dispuso urgir las comunicaciones de acuerdo a lo solicitado tanto por el requerido como por su defensa.

1171 vistas
Viernes, 19 Junio 2020