Ministro Pérez Manrique: incremento salarial adeudado a judiciales complica a éste y al próximo gobierno

Martes, 19 Agosto 2014

19.08.14, de DICOMI-SCJ.- Con la reciente declaración de inconstitucionalidad de los artículos 14. 15 y 16 de la ley nº 18.996 se consolida una importante deuda salarial del Estado para con los funcionarios del Poder Judicial, que estarían recibiendo un incremento del orden del 21,6%, anunció ayer el Ministro de la Suprema Corte de Justicia, Dr. Ricardo Pérez Manrique.

La noticia surgió en una entrevista realizada televisada que le realizó Nelson Fernández, conductor del programa "Claves Políticas" que se emite por Nuevo Siglo TV. En dicha oportunidad, haciendo referencia a la sentencia nº 734 dictada por la Suprema Corte de Justicia el pasado 13 de agosto, que declaró inconstitucionales los artículos 14, 15 y 16 de la ley nº 18.996, el Dr. Ricardo Pérez Manrique señaló que se trata de una decisión "trascendente" que tiene "consecuencias muy complicadas, para este gobierno y para el gobierno próximo".
perez-manrique-cumbre-002  De acuerdo con el relato realizado por el entrevistado, en el artículo 64 del presupuesto nacional para el período 2011-2015 se estableció una equiparación entre los sueldos de los Ministros de Estado y los Senadores de la República, lo que significó un aumento    para los primeros. Tomando en cuenta que la Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de los Tribunales nº 15.750 establece que el salario de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia no puede ser inferior al salario de los Ministros de Estado, también se estaba aumentando el salario de los integrantes del máximo órgano judicial.
  Además, el artículo 85 de la referida ley nº 15.750 también vincula el salario de los Ministros de la Suprema Corte con el salario del resto de los jueces, quienes perciben un porcentaje de los mismos atendiendo a sus respectivas jerarquías. Y todavía existen otras normas que producen "enganches" similares para los salarios de los funcionarios del Poder Judicial, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, el Tribunal de Cuentas y los Registros. Es decir que la norma presupuestal incrementó el salario de todos ellos junto con el de los Ministros de Estado.
 La Suprema Corte de Justicia pidió un informe a sus servicios jurídicos, dictaminándose que efectivamente correspondía a los magistrados recibir el incremento salarial por imperio de la mencionada ley nº 15.750. Se ordenó el gasto correspondiente y el Tribunal de Cuentas de la República entendió que se ajustaba a derecho y lo ratificó.
Tratando de rectificar la situación, el gobierno impulsó la ley nº 18.738 en abril del año 2011 que interpretaba y derogaba el artículo 64 de la ley presupuestal para el período 2011-2015. Esta norma es declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia a solicitud de jueces e integrantes de las minorías políticas del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y Tribunal de Cuentas de la República.
En instancia de discusión parlamentaria, sin iniciativa del Poder Ejecutivo, se vota la ley nº 18.996, que constituye un segundo intento para evitar el "enganche" salarial de toda la escala de sueldos del Poder Judicial al sueldo de los Ministros de Estado y de los Senadores de la República. Esta norma también es impugnada y declarada inconstitucional por sentencia del pasado 13 de agosto. En esta ocasión intervino una Suprema Corte de Justicia integrada por sorteo entre Ministros de los Tribunales de Apelaciones que no habían deducido ninguna acción y por lo tanto no tenían intereses directos comprometidos en el asunto.
Con la declaración de inconstitucionalidad de las leyes nº 18.738 en 2011 y nº 18.996 hace algunos días, queda en pie el artículo 64 de la ley presupuestal para el período 2011-2015, por el cual todos los jueces de la República deben percibir un aumento salarial en proporción al aumento dispuesto para los Ministros de Estado.
Según las estimaciones primarias adelantadas por el Ministro Pérez Manrique se trataría de un aumento salarial que ronda el 21,6 por ciento y significa para el erario público unos 750 millones de pesos. La cifra sólo contempla al personal del Poder Judicial y no toma en cuenta al Tribunal de lo Contencioso Administrativo, el Tribunal de Cuentas, las Fiscalías y los Registros.
El Dr. Pérez Manrique señaló que este es un problema que no puede tratarse solamente con la Suprema Corte de Justicia (que fue uno de los organismos demandados, junto al Poder Ejecutivo) porque quienes tienen protagonismo son los accionantes, titulares de los créditos salariales que se están reclamando, es decir, los jueces y funcionarios del Poder Judicial. Agregó que no debe olvidarse que, con el paso del tiempo, también se devengan compensaciones por la desvalorización monetaria e intereses.
"Es una suerte de bola de nieve" reconoció el ministro entrevistado, añadiendo que en algún momento tendrá que hallarse "una respuesta que permita al Estado como tal honrar sus compromisos y que a su vez permita que el erario público, frente a cantidades que son tan importantes, pueda realmente solventarlos sin afectar otros fines esenciales del Estado".
Pérez Manrique subrayó que, por su oficio, los jueces son proclives a la negociación, pero en este caso se está hablando del necesario cumplimiento de una sentencia, por lo que "hay que sentarse a conversar y buscar una solución" para lograr cumplirla contemplando el equilibrio que debe existir con las finanzas públicas.

 

VER ENTREVISTA AL MINISTRO DE LA SCJ DR. RICARDO PÉREZ MANRIQUE


Fotografía: División de Comunicación Institucional

19865 vistas
Viernes, 05 Enero 2018