Jueza López condenó a una mujer por omisión de deberes inherentes a la patria potestad

Miércoles, 28 Agosto 2019

La Jueza Letrada de Libertad de 1º Turno, Dra. Marcela López, condenó a una mujer de 28 años de edad a la pena de ocho meses de prisión por omisión de los deberes inherentes a la patria potestad.
La Fiscalía acordó con la imputada y su Defensa la aplicación del proceso abreviado, lo que se sustanció verbalmente en audiencia.
La jueza López dispuso que la pena se cumplirá con un régimen de libertad vigilada (art. 9 ley 19.446).
Además, le impuso la condición de fijar domicilio y no modificarlo sin dar aviso, no incurrir en conductas de carácter análogo, someterse a un tratamiento psicológico y que se realice seguimiento estricto de sus tres menores hijos por parte del equipo multidisciplinario de INAU.
Surge de la demanda acusatoria que el día 25 de agosto, en horas de la madrugada, se presentó ante la policía un vecino para expresar que en una vivienda lindera a la suya habría un bebé presuntamente fallecido. Una vez arribada al lugar la autoridad policial encuentra a una menor de 12 años de edad, quien tenía en sus brazos a su pequeño hermano, un bebé de 6 meses, envuelto en sábanas, diciendo el mismo "no respira". El bebé es llevado de inmediato al hospital local, donde el médico de guardia constata su fallecimiento. Según surge de la constancia médica, se descartan prima facie signos de violencia física sobre el cuerpo del menor. Una vez realizada la instruccón preliminar por la Fiscalía surge que la menor de 12 años era quien ejercía los cuidados de su hermano fallecido en ese día, así como de otros dos hermanos menores. La madre de todos ellos no se encontraba en la vivienda, habiendo regresado a la misma cuando ya habían acaecido estos hechos.
Interrogada en sede de Fiscalía la progenitora manifestó que esa noche estaba trabajando, ya que es trabajadora sexual, habiendo sido contratada por un hombre para acompañarlo por diversos puntos de la ciudad de Montevideo. Manifestó haberse retirado de su hogar a las 23:30 horas, momento en el que sus hijos quedaron durmiendo. En la madrugada le envió mensaje de texto a su hija de 12 años, quien respondió que estaba todo bien en su casa.
Del informe de autopsia realizado por el ITF se desprende la ausencia de indicios de violencia física sobre el cuerpo del bebé fallecido. Habría fallecido por muerte natural, más conocida como "muerte súbita".
La madre admitió los hechos y consintió de forma expresa, libre y voluntaria, la tramitación de proceso abreviado en el que se le responsabilizó del delito previsto por el art. 279 literal b del Código Penal.
Se relevaron como circunstancias atenuantes, la primariedad absoluta y la confesión. No se relevaron agravantes.

2160 vistas
Miércoles, 28 Agosto 2019