Juez Arsuaga procesó a 4 personas por pagar a menores por sexo en Tacuarembó

23.06.14, de DICOMI-SCJ.- El Juez Letrado de 1º Instancia de Tacuarembó de 1º Turno, Dr. Gonzalo Arsuaga, dictó el procesamiento de cuatro personas por su vinculación con la explotación sexual de jóvenes menores de edad institucionalizadas en centros del Instituto de la Niñez y Adolescencia del Uruguay (INAU).

La operativa a la que se denominó "Exploter" fue desarrollada por la Dirección de Investigaciones de la Jefatura de Policía de Tacuarembó y permitió determinar que algunas adolescentes internadas en régimen de amparo en el Hogar Femenino de INAU, de entre 14 y 17 años, mantenían relaciones sexuales con hombres recibiendo una retribución económica.
Las adolescentes fugaban en las noches en lo que las autoridades del Hogar catalogaron como "salidas no acordadas", y se dirigían a la Terminal de Ómnibus. Permanecían allí con personas que trabajan como maleteros de la parada de taxis cercana al edificio. Las menores tenían relaciones sentimentales no muy estables con dichos jóvenes. Así, las adolescentes entraron en contacto con distintos taxistas.
El indagado W.O.V.M. mantuvo relaciones sexuales con dos adolescnetes de 14. En una ocasión, les solicitó que caminaran hacia un lugar, las llevó a un sitio más apartado y mantuvo relaciones sexuales con una de ellas en el auto mientras la otra permanecía fuera del mismo. Le abonó 200 pesos y las dejó en el mismo lugar que se habían encontrado. Pese a que ambas lo reconocieron como el implicado, V.M. negó los hechos ocurridos. En otra oportunidad, las mismas adolescentes concurrieron una noche a un centro C.A.I.F. (Centro de Asistencia a la Infancia y la Familia), cuyo sereno conocían, e ingresando por el fondo para que los vecinos no las vieran, permanecieron en el lugar. El sereno, W.C.S. llamó a su amigo, H.D.F.F. para avisarle que habìan llegado las jóvenes. Ambos mantuvieron relaciones sexuales con las jóvenes y les entregaron dinero.
Otras adolescentes que también vivían en el Hogar de INAU admitieron haber concurrido al domicilio de C.E.F.A. para mantener contacto sexual.
Por otra parte, otra adolescente del mismo centro, mantuvo relaciones sexuales con otro taxista de iniciales A.D.G. quien admitió haberla invitado a una vivienda que tenía alquilada en forma exclusiva para mantener encuentros amorosos.
De acuerdo a lo expresado, la representante del Ministerio Público solicitó el procesamiento con prisión de W.C.S., D.F.F. y C.E.F.A. por la presunta comisión de un delito de retribución a personas menores de edad para ejecutar actos sexuales de acuerdo a lo previsto por el artículo 4° de la ley 17.815. Asimismo, se solicitó el procesamiento de A.D.G. En todos los casos, la Defensa se opuso y solicitó el archivo de las actuaciones.
El magistrado acogió el dictamen Fiscal y dispuso el procesamiento con prisión de W.C.S., D.F.F., C.E.F.A, y A.D.G. por un delito de retribución o promesa de retribución a personas menores de edad o incapaces para que ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo. El articulo 4º de la ley 17.815, establece que incurre en el mencionado delito quien pague o prometa "pagar o dar a cambio una ventaja económica o de otra naturaleza a persona menor de edad o incapaz de cualquier sexo, para que ejecute actos sexuales o eróticos de cualquier tipo".

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