Juez Fogliacco procesó con prisión a tres hombres sospechosos de administrar morfina y luego violar a una joven

13.12.13, de DICOMI-SCJ.- El Juez Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 2º Turno de Maldonado, Dr. Gerardo Fogliacco, procesó con prisión a tres hombres que, en ocasión de reunirse para compartir una cena, colocaron morfina en el vaso de una joven y luego abusaron sexualmente de ella.

En la medianoche del 7 de diciembre, la víctima concurrió a la reunión con cinco hombres al que había sido invitada dos días antes. Esa noche, dos de ellos la pasaron a buscar y la llevaron a una finca cerca del Punta Shopping. En el lugar y con sostenida insistencia para que bebiera, le sirvieron un vaso de whisky y a la hora otro. Luego del segundo pidió para pasar al baño. Al salir de allí, uno de los hombres le devolvió el whisky, la llevó al living y le dijo que quería mostrarle los cuartos: en uno de ellos le quitó el vaso pues estaba derramando el contenido. Luego de beber el segundo vaso, la víctima manifestó tener recuerdos borrosos, y "comenzó a sentirse extraña". La joven admitió que su vaso era diferente al de los demás. Lo siguiente que recuerda es despertarse a las 10:00 en su cama con una profunda sensación de adormecimiento y varios hematomas en su cuerpo. Concurrió al médico y luego de enterarse del resultado positivo de drogas opiáceas en un examen médico, radicó la denuncia.
Los efectos de la droga opiácea (morfina y similares) relatados por la víctima coinciden con los indicados por el médico forense: "inhibidor de todas las funciones del sistema nervioso central", analgesia como primer efecto, posibles alucinaciones y posterior pérdida de memoria, pudiendo llegar al paro cardíaco. "Además falta de reflejos, pérdida de fuerza". El resultado positivo en los examenes de orina realizados casi veinte horas después de su administración y la declaración de la víctima de una ausencia de recuerdos también indican "que la dosis era alta". Las tres personas ahora procesadas dieron cuenta del estado alucinatorio de la víctima que se hicieron manifiestos en el modo de comunicarse.
Tres de los cinco hombres que se encontraban en la finca admitieron que mantuvieron "algún tipo de encuentro sexual" con la denunciante pero que todos fueron consentidos por ella. Los hombres declaraon que la víctima se mostraba proactiva a esa situación. Sin embargo esto se contradice con el relato de la abuela respecto al estado en que llegó la víctima a su domicilio y con lo aportado por el informe forense de audiencia en que se manifiesta que la morfina "baja las revoluciones. Nadie se va a excitar sexualmente con morfina". Es por ello que el juez concluye que la "falsedad en la que incurren todos los enjuiciados indica que todos ellos tenían conocimiento de la maniobra y de su finalidad".
Los ahora procesados no presentan ninguna explicación respecto a los motivos de la maniobra e incluso inculpan a la víctima de haberse administrado la droga pero no pueden explicar los eventuales motivos. En el allanamiento del domicilio de la víctima con el objetivo de buscar drogas con contenido de opiáceos, realizado luego de decretado el procesamiento, se encontró una caja de morfina cerrada que le fuera recetada a la abuela de la víctima pero que esta nunca utilizó.
El juez Fogliacco dispuso el procesamiento con prisión de C.E.R.S, A.N.R.A y F.B.S por un delito de incapacidad compulsiva en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de violación (arts. 60, 56, 291 y 272 del Código Penal). El artículo 291 del mismo código establece que comete el delito de incapacidad compulsiva quien "por cualquier medio y sin motivo legítimo, colocara otros sin su consentimiento, en un estado letárgico, o de hipnosis, o que importara la supresión de la inteligencia o la voluntad...".


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