037/2019- Funcionarios judiciales omisos en la presentación de la Declaración Jurada de Bienes e Ingresos (Ley 17060)

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La Dirección General de los Servicios Administrativos cumple en librar la presente, a fin de poner en conocimiento que la Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP) comunicó - el 12 de febrero y 18 de marzo pasados - a la División Recursos Humanos del Poder Judicial, la lista de los funcionarios obligados y omisos en la presentación de la Declaración Jurada de bienes e ingresos que establece el artículo 11 de la Ley nº 17060. División Recursos Humanos notificó - en el correo electrónico institucional personal de dichos funcionarios - el 20 de febrero pasado dicha situación, a los efectos de su regularización.-

Se solicita a aquellos funcionarios obligados y que todavía se encuentren omisos, la presentación en la JUTEP de su Declaración Jurada en el plazo de 10 días corridos desde la fecha de la presente circular, remitiendo la constancia expedida por dicha Junta a la División Recursos Humanos..-

La no presentación de la Declaración Jurada, habilitará la aplicación de lo dispuesto en el art. 99 de la Ley nº 18046 de 24 de octubre de 2006.-

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