Jueza Olivera encausó al hombre que retuvo a dueña de la joyería que pretendía rapiñar

Viernes, 20 Noviembre 2020

La Jueza Letrada en lo Penal de 44º Turno, Dra. Diovanet Olivera, resolvió la formalización de la investigación y sujeción al proceso del hombre que privó de libertad a la dueña de una joyería en calle Colonia en la tarde del miércoles, cuando pretendía rapiñarla y fue interrumpido por la autoridad policial.

El hombre, de 42 años de edad, dijo que trabaja como técnico de telefonía, y que cuando se entregó, pasada la una de la madrugada, fue maltratado por la policía, ya que le habrían pisado una pierna a pesar de que se había desprendido del arma y no ofreció resistencia física. Ante estas aseveraciones, la jueza dispuso pase a forense para revisión según lo requerido por la defensa.

Siguiendo el relato de la Fiscalía, el día miércoles 18 de noviembre de 2020, aproximadamente a las 16:40, la victima I.P.B. de 74 años de edad se hallaba sola en su joyería de la calle Colonia, cuando el indagado K.D. ingresa a la misma. Una vez allí le pide que le muestre anillos (solitarios y alianzas) para resolver una compra para su esposa. Luego de unos minutos dice que tiene problemas con un hijo y extrae un revólver que portaba entre sus ropas, exigiendo la entrega de dinero.

La víctima asegura no tener dinero en el local y le pide que la deje llamar a su hijo para buscar un arreglo. El indagado accede y la mujer llama a su hijo D.S.P., de 50 años, que estaba en un local comercial a pocos metros. El hijo acude de inmediato a la joyería y cuando ingresa el indagado lo amenaza también con el arma de fuego y le exige dinero. Este le manifiesta que no tenían en el local y le pide que lo deje salir hasta el Banco, ubicado a unas cuadras, donde retiraría lo que le dieran para traérselo sin dar aviso a la policía. El imputado accede. El hombre se retira, concurre al Banco de donde retira la suma de U$S 3200. Cuando vuelve y se dispone a ingresar a la joyería llega al lugar un móvil policial, ante lo cual el imputado ya no le permite el acceso.

A través del teléfono del local comercial y del celular del hijo de la propietaria, las autoridades se comunican con el imputado tratando de hacerlo desistir de sus propósitos. Esta situación se extendió por varias horas.

Durante ese tiempo el indagado también recibió comunicaciones de su pareja, de su hermana y habló con su abogado.

A la una de la mañana se hizo presente en el lugar el R.M.N., quien expresó ser el abogado del indagado y manifestó que este último se entregaría, lo que aconteció poco tiempo después.

La jueza actuante, Dra. Diovanet Olivera, dispuso la sujeción al proceso de K.N.D.S., según lo previsto por el art. 266 del C.P.P., bajo la imputación de un delito de rapiña con privación de libertad y copamiento en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de porte de arma de fuego, y en calidad de autor (arts. 18,56, 60, 152 ter y 344 bis del Código Penal).

Asimismo, por los fundamentos expuestos y de acuerdo a lo establecido en los arts. 221 lit m, 223, 224, 226 lit c, 227.1 y 2 del CPP, la jueza Olivera hizo lugar a la medida cautelar de prisión preventiva del imputado K.N.D.S. hasta el día 20 de abril de 2021 a la hora 20:00. Todo ello sin perjuicio de su modificación, sustitución o cese, de variar las circunstancias que se tuvieron en cuenta para su adopción.

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Viernes, 20 Noviembre 2020