Audire opera con absoluta normalidad y no es cierto que haya fallas de funcionamiento

10.11.17, de DICOMI-SCJ.- El sistema “Audire” desarrollado enteramente por la División Tecnología del Poder Judicial para la grabación de audiencias ha respondido exitosamente y opera con normalidad en todas las sedes en las que fue instalado con miras a la implementación del nuevo Código de Proceso Penal (ley nº 19.293 y modificativas).

Todavía quedan algunas sedes penales a las que todavía no se les ha podido instalar dicho software de grabación de audiencias, situación que ya había sido anticipada por los servicios de apoyo del Poder Judicial, lo que generó una comunicación de alcance nacional advirtiendo de dicha situación.
En efecto, con fecha 31 de octubre del corriente la Suprema Corte de Justicia libró la circular nº 271/2017 haciendo saber a los jerarcas de los juzgados letrados de primera instancia del interior con competencia en materia penal que algunas salas de audiencia en el interior del país no estaban adecuadas aún para la tramitación de asuntos en el marco del nuevo Código de Proceso Penal (CPP ley nº 19.293 y modificativas) careciendo del sistema “Audire” para la grabación de audiencias. En tal sentido se les sugería: a) tomar la audiencias en sala equipada coordinando previamente con la sede a la que correspondiese dicha sala, cuando ello fuere posible; y b) ampararse al artículo 139.3 del CPP, según redacción dada por ley nº 19.549, que expresa “en los casos excepcionales donde el sistema de registro o su sistema de contingencia no estuvieran disponibles, por razón fundada, se utilizará el acta escrita como medio de registro de todo lo actuado”.
Sin embargo, esta situación no ha quedado clara para la opinión pública y para algunos operadores de prensa. Prueba de ello es el artículo publicado hoy en diario El Observador, bajo el título “Casos del peón de Salto, Bascou y Toriani frenados por la aplicación del nuevo CPP”, donde se hace mención de que “en varias zonas del interior del país el sistema no ha funcionado, por lo que se continúa registrando las audiencias en papel como se hacía con el código anterior”.
Y el mismo texto agrega que “de hecho, la primera audiencia de formalización en un caso de homicidio, que se realizó en Mercedes, debió ser registrada por escrito ya que el Audire continuaba sin funcionar”.
No es cierto que se hayan verificado problemas de funcionamiento. El caso al que refiere el artículo es el de un juzgado en el que aún no se ha instalado la solución mencionada.
El programa Audire opera de forma óptima desde mucho tiempo antes de la entrada en vigor del nuevo CPP. Las exitosas experiencias piloto cumplidas en juzgados civiles de la capital y juzgados de adolescentes infractores sumaron miles de audiencias sin que se registrase inconveniente alguno. Y en los juzgados con competencia penal de todo el país que ya cuentan con el sistema no se ha registrado ningún incidente de mal funcionamiento hasta el momento.

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