La Secretaría Letrada de la Suprema Corte de Justicia cumple con librar la circular nº 85/2025 a efectos de comunicar la resolución Nº 74 del día 2 de junio del corriente, relacionada con la inhabilidad de los plazos procesales por el día 19 de mayo en los Juzgados Letrados de Primera Instancia de Chuy de 1º y 2º turnos.