La Dirección General de los Servicios Administrativos del Poder Judicial, libra circular nº 86/2025 ante las reiteradas consultas referentes al alcance de lo comunicado oportunamente por Circular nº 175/2020, de fecha 25 de noviembre de 2020, referente a pericias a cargo de Fiscalía General de la Nación, a fin de aclarar que cada vez que el mencionado organismo disponga una pericia, y la misma no sea realizada por el Instituto Técnico Forense, así como también si solicita demandar la asistencia de un traductor, será de cargo de Fiscalía General de la Nación asumir el gasto correspondiente.