La Dirección General de los Servicios Administrativos libra circular nº 81/2025 a fin de poner en conocimiento el procedimiento que regirá para efectuar el control de Certificados de estar al día con la Caja Notarial, para el presente año, de acuerdo a la pauta fijada por ese Organismo.
Los funcionarios judiciales con título de Escribano (independientemente del cargo que ocupen en el Poder Judicial) deberán presentar en el Departamento de Tesorería del Poder Judicial, el certificado de estar al día con sus obligaciones con la Caja Notarial de Seguridad Social, sin excepciones.
Ello incluye a los Escribanos que están jubilados en Caja Notarial, pero continúan prestando funciones en el Poder Judicial, así como los que tengan declaración jurada de no ejercicio de la profesión de Escribano.
El mismo deberá ser enviado vía mail a la dirección de correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., (detallando el Número de cobro) o presentado en el Departamento de Tesorería del Poder Judicial (San José 1132- 2º piso) en el horario de 13 a 18 horas, venciendo el plazo el día 4 de julio de 2025 inclusive.
La falta de presentación del certificado requerido trae como consecuencia el no pago de sueldos, salario o remuneración de especie alguna.
Se transcibe a continuación la Ley que regula tal extremo:
“Artículo 40, Ley 17.437
El Estado, Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y demás personas públicas, no abonarán a los escribanos retribución alguna sin la exhibición de un certificado expedido por la Caja que acredite hallarse en situación regular de pagos.
Este certificado tendrá vigencia anual.
Facúltase al Directorio de la Caja a reglamentar la implementación de la presente disposición.“