033/2021 - Declaración de días inhábiles en los Juzgados Letrados de Ejecución y Vigilancia de 6º y 7º Turnos

imagen circulares

Resolución SCJ SEC. LDA. nº 33/2021

22 de marzo de 2021

 

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
RESUELVE:

 

1º.- Declárase inhábil el período comprendido entre los días 22 a 26 de marzo de 2021, en los Juzgados Letrados de Ejecución y Vigilancia de 6º y 7º Turnos.

Suspéndanse las actividades programadas dentro de esas fechas, por razones sanitarias.

Lo establecido en el inciso anterior es sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 97 del Código General del Proceso para la habilitación de días u horas inhábiles, según las remisiones formuladas por los artículos 87 del Código del Proceso Penal de 1980,106 y 111 del Nuevo Código del Proceso Penal. Deberá tenerse presente que, por Resolución Nro 12 de la Suprema Corte de Justicia de fecha 16 de marzo de 2020 a título de ejemplo, se plantearon distintas hipótesis que justificarían el pedido de habilitación.

2º.- Encárgase para administrar justicia durante dicho período a los magistrados titulares, subrogantes o suplentes de las sedes que se nominarán, quienes actuarán con sus respectivas oficinas:

- El Sr. Juez Letrado de Ejecución y Vigilancia de 2º Turno, se encargará de los asuntos de competencia del Juzgado Letrado de Ejecución y Vigilancia de 6º Turno.

- La Sra. Jueza Letrada de Ejecución y Vigilancia de 4º Turno, se encargará de los asuntos de competencia del Juzgado Letrado de Ejecución y Vigilancia de 7º Turno.

Ademas, las mencionadas oficinas se encargarán de la recepción de escritos, manejo de agenda web, correo electrónico, atención al público y demás asuntos relativos e impostergables de las oficinas de los Juzgados Letrados de Ejecución y Vigilancia de 6º y 7º Turnos.

3º.- El período determinado en la presente resolución es sin perjuicio de ulteriores modificaciones qeu se podrán disponer atendiendo a los resultados que se vayan obteniendo de los respectivos hisopados.

 

Temas relacionados

Descargar material adjunto