032/2021 - Declaración de días inhábiles en los Juzgados Letrados de Primera Instancia del Trabajo de 1º y 4º Turnos

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Resolución SCJ SEC. LDA. nº 32/2021

22 de marzo de 2021

 

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
RESUELVE:

1º.- Declárase inhábil el período comprendido entre los días 22 a 26de marzo de 2021, en los Juzgados Letrados de Primera Instancia del Trabajo de 1ºy 4º Turnos.

Suspéndanse las actividades programadas dentro de esas fechas, por razones sanitarias.

Lo establecido en el inciso anterior es sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 97 del Código General del Proceso para la habilitación de días u horas inhábiles. Deberá tenerse presente que, por Resolución Nro 12 de la Suprema Corte de Justicia de fecha 16 de marzo de 2020 a título de ejemplo, se plantearon distintas hipótesis que justificarían el pedido de habilitación.

2º.- Encárgase para administrar justicia durante dicho período a los magistrados titulares, subrogantes o suplentes de las sedes que se nominarán, quienes actuarán con sus respectivas oficinas:

- El Sr. Juez Letrado de Primera Instancia del Trabajo de 13º Turno, se encargará de los asuntos de competencia del Juzgado Letrado de Primera Instancia del Trabajo de 1º Turno.

- El Sr. Juez Letrado de Primera Instancia del Trabajo de 14º Turno, se encargará de los asuntos de competencia del Juzgado Letrado de Primera Instancia del Trabajo de 4º Turno.

Ademas, las mencionadas oficinas se encargarán de la recepción de escritos, manejo de agenda web, correo electrónico, atención al público y demás asuntos relativos e impostergables de las oficinas de los Juzgados Letrados de Primera Instancia del Trabajo de 1º y 4º Turnos.

3º.- El período determinado en la presente resolución es sin perjuicio de ulteriores modificaciones qeu se podrán disponer atendiendo a los resultados que se vayan obteniendo de los respectivos hisopados.

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