La Prosecretaría Letrada de la Suprema Corte de Justicia tiene el agrado de librar la presente, conforme el mandato verbal de la Corporación de fecha 24 de septiembre de 2020, a fin de recordarles que, a partir del 1° de Octubre del corriente, cada Sede debe llevar un registro sobre incumplimientos de medidas de protección. (Cfme. Art. 16 de la Acordada Nro. 8.071).
En cumplimiento a la normativa antes referida, las Sedes deberán comunicar a la Prosecretaría Letrada, un informe estadístico relacionado con tal registro.
Los informes se recibirán, exclusivamente, vía electrónica a través de lacasilla de correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., a partir del 1° de Diciembre del corriente, en forma bimensual.
En Anexo se adjunta el formulario a través del cual las Sedes darán cumplimiento a tal obligación.
SEDE: | |
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PERÍODO INFORMADO: | |
CANTIDAD DE INCUMPLIMIENTOS RELEVADOS: | |
CANTIDAD DE INCUMPLIMIENTOS RELAVADOS EN EL PERÍODO: | |
PORCENTAJE DE INCUMPLIMIENTOS RELEVADOS EN EL PERÍODO: | |
PORCENTAJE DE INCUMPLIMIENTOS COMUNICADOS A FISCALÍA EN EL PERÍODO: | |
TIPOS DE INCUMPLIMIENTOMÁS FRECUENTES: | |
OBSREVACIONES:
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