2025 SECAP - Notificaciones Administrativas para Alguaciles y Notificadores Judiciales.

GRUPO 1: 18 de agosto de 2025 - GRUPO 2: 19 de agosto de 2025.
Curso/tema
Notificaciones Administrativas para Alguaciles y Notificadores Judiciales.
Organización
RR.HH - Sección Capacitación del Poder Judicial.
Docente / Expositor
Dra. Daría Olivera, Dra. Cecilia Álvarez y Dra. Juanita Maritán.
Temario

Justificación

La Ley 20.333, entre otras modificaciones en materia de derecho administrativo introdujo cambios en materia de notificaciones administrativas (art. 44).

A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por la referida norma, dado que el Poder Judicial no cuenta aún con Sede Electrónica se dictó, con fecha 19 de diciembre de 2024, la Acordada N.º 8228.

Asimismo se está trabajando para contar con una herramienta de Sede electrónica mediante la cual todos los funcionarios del Poder Judicial puedan recibir notificaciones en forma remota e inmediata de los actos administrativos de su interés, logrando certeza y efectividad en la tarea. Para ello se firmaron los Términos y Condiciones para el licenciamiento de uso e implantación del Sistema de Notificaciones y Comunicaciones Electrónicas (DOMEL) de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno Electrónico y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC).

El presente programa de capacitación tiene como finalidad profundizar en el conocimiento respecto de las normas en materia de notificaciones administrativas y las consecuencias que en la práctica pueden producirse en caso de su errónea aplicación, así como introducir en el conocimiento de la nueva herramienta digital.

Entre otras cosas, el art. 44 de la referida ley establece que Si el acto administrativo no ha sido notificado personalmente ni publicado en el Diario Oficial con las formalidades señaladas, no le correrá al interesado el plazo para recurrir.” a la vez que dispone que “El conocimiento informal del acto administrativo no sustituye la notificación personal o la publicación en el Diario Oficial según corresponda y, por ende, no determina el comienzo del plazo para recurrir.”

Entender y poder aplicar en forma adecuada la nueva normativa a la tarea de notificaciones implica no solo evitar consecuencias negativas en relación al asunto (por ejemplo que el acto no será considerado notificado y por lo tanto el plazo para recurrir el mismo no correrá y no será posible continuar válidamente con las demás actuaciones al respecto) sino que aporta al buen desempeño funcional e impide que se produzcan consecuencias adversas para el funcionario a quien se le encomendó la tarea de notificación. Es de significar que en este último sentido sería de aplicación lo dispuesto por la Acordada 7865 en materia disciplinaria y de calificaciones o evaluaciones de desempeño.

 

Temario

  • Ley N.º 20.333 cambios en materia de notificaciones administrativas y otros. (Referencia generales a la ley y otros cambios relevantes que introdujo para la administración fuera de lo previsto por el Art. 44 -plazo para recurrir, plazo para decidir, el urgimiento, etc. -)

  • Art. 44 de la Ley Nº 20.333 paso a paso. Análisis paso a paso de las diferentes hipótesis establecidas en el artículo 44:

    • Notificaciones, requisitos, consecuencias.

    • Notificación presencial, en el domicilio o en la oficina (Se aportará un instructivo elaborado por la Asesoría Jurídica con el paso a paso y las distintas hipótesis que establece la ley así como modelos de cedulón).

    • Notificación electrónicas. Distintos medios electrónicos habilitados a la fecha. Modificación de la Acordada 7400. Cuál es el sentido de los 5 días en el caso del uso del correo electrónico. Porqué no podemos dar por notificado un acto por correo electrónico sin acuse de recibo. Introducción al nuevo sistema de notificación mediante sede electrónica DOMEL.

  • Planteamiento de casos prácticos, preguntas y comentarios.

Programa

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Dirigido a
Oficiales Alguaciles, Oficiales Alguaciles AD HOC y Notificadores Judiciales de Montevideo e Interior.
Cupos
500 personas.
Horario
09:00 a 11:00.
Carga horaria
2 horas cada Grupo.
Lugar
Plataforma ZOOM.
Características
  • Modalidad: 100% virtual con clase en vivo. Plataforma de dictado ZOOM. En esta oportunidad se utilizará dispositivo propio.
  • Con el correo electrónico de confirmación se adjuntarán los datos de acceso a la capacitación.
  • Entrega de Certificados: Serán enviados a la casilla de correo electrónico proporcionada al momento de la inscripción a quienes cumplan con la totalidad del tiempo de conexión por clase (120 minutos), aceptándose excepcionalmente un registro de 90 minutos por cada una.
  • IMPORTANTE: 

                - Es requisito obligatorio el ingreso a la plataforma ZOOM utilizando su propio perfil en el que deberá indicar su Nombre y Apellido para el control y posterior emisión de los certificados. De lo contrario los mismos no serán expedidos.

                - Una vez iniciado el curso se solicitará a aquellos participantes que no estén identificados que lo hagan, de lo contrario serán desconectados de la reunión de ZOOM.

                - La inscripción a los cursos de SECAP tienen carácter personal y por lo tanto, intransferible. Solicitamos no comunicar los datos de conexión a quienes no hayan inscripto.                               

    • Formulario de Evaluación del Curso: Posteriormente se enviará link por correo electrónico. El mismo será de forma anónima.
Observaciones
  • La inscripción es exclusivamente por internet.
  • El Poder Judicial no tiene previsto afrontar ningún tipo de gastos
  • Se enviará posteriormente mail confirmando su inscripción adjuntando link de acceso al curso.
  • En caso de no poder asistir al mismo, se ruega comunicar mediante el formulario de desinscripción en el botón de abajo, con una antelación de 72 horas.
Periodo de inscripción
Desde el 1º hasta el 14 de agosto de 2025 a las 15 horas.
Inscripción (Montevideo y área metropolitana)
Inscripción (interior)
Desinscripción
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Lunes, 28 Julio 2025