Tribunal de Apelaciones dispone enjuiciar al adolescente que ocultó armas de homicidas de La Pasiva

09.11.12, de DICOMI-SCJ.- El Tribunal de Apelaciones de Familia de 1º Turno entendió que el adolescente que ocultó las armas de quienes ultimaron al empleado de La Pasiva el pasado mes de mayo debe ser sometido a proceso penal juvenil, revocando así la decisión del juez Morales, que había decretado su libertad.

Cinco meses atrás el Juez Letrado de 1º Instancia de Adolescentes de Primer Turno, Dr. Hugo Morales, resolvió decretar el comienzo de proceso penal juvenil respecto de dos de los adolescentes implicados, responsabilizándolos por un delito de homicidio, en calidad de autor y coautor respectivamente. En relación al tercer adolescente, la Defensa argumentó que ninguno lo involucraba en la participación del hecho ilícito, ni antes ni después de su consumación, por lo que solicitó el archivo de las actuaciones a su respecto. Morales hizo lugar a lo peticionado, decretando su libertad.
El Fiscal Letrado de Menores de 3º Turno, Dr. Gustavo Zubía, apeló lo resuelto por Morales, sosteniendo que el adolescente M. tuvo participación en los hechos, en una modalidad secundaria que encuadra en la figura del encubrimiento por dos vías. Una de ellas es que, al momento de arribar la policía a la casa de M., éste, estaba con los autores del homicidio, habiendo dejado entrar a uno a la vivienda, con conocimiento de que eran los autores del hecho y de que la policía los estaba buscando. La segunda es que M. confesó que ante la presencia policial escondió las dos armas de los homicidas, procurando liberar a uno de estos de la posesión del arma. Es decir que buscó estorbar las investigaciones. Además mintió respecto del arma calibre 32, ya que declaró que él no tenía arma alguna y se probó que dicha arma era de su propiedad, además de decir que obtuvo la misma a través de un tercero que resultó inexistente.
El expediente fue recibido por el Tribunal el 08/08/2012, disponiéndose ese mismo día el pasaje en vista al Ministerio Público y el posterior estudio sucesivo de los Sres. Ministros.
Cumplidos estos trámites se opta por dictar decisión anticipada por tratarse de cuestión simple y reiteradamente resuelta por el Tribunal (art. 200.1 del Código General del Proceso).
El Tribunal integrado por los Ministros Dr. Carlos Baccelli, Dra. Lilián Bendahan y Dra. María del Carmen Díaz, concluyó que asiste razón al Sr. Fiscal recurrente porque, efectivamente "surgen elementos de convicción suficientes para entender que el adolescente M. incurrió en conducta ilícita desde que el ocultamiento de armas lo vincula al homicidio", lo cual surge de "cada una de las declaraciones y pruebas en su conjunto".


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