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Inspección General de Registros Notariales
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Edificio IGRN

La superintendencia del notariado le corresponde a la Suprema Corte de Justicia, mediante el ejercicio de las potestades de control, disciplinaria y de reglamentación de la función notarial. (Art. 256 del Reglamento Notarial Acordada Nº 7533).

La Inspección General de Registros Notariales (IGRN), es la oficina delegada para llevar a cabo la inspección, control y vigilancia de los servicios que prestan los notarios. Depende de la Dirección General de los Servicios Administrativos del Poder Judicial.

Misión

Su misión es velar por la legalidad, transparencia y eficacia del ejercicio de la función notarial, mediante la supervisión con el fin de fortalecer la seguridad jurídica y la confianza de la ciudadanía en la fe pública.

Potestades

Supervisión y control:

  • Verificar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias por parte de los escribanos
  • Revisar la regularidad de los instrumentos notariales

Fiscalización y disciplina:

  • Instruir procedimientos administrativos ante faltas o irregularidades
  • Proponer sanciones o medidas correctivas conforme a la normativa vigente

Orientación:

  • Emitir instrucciones y criterios técnicos
  • Promover la formación continua en materia legal, ética y técnica

Evaluación y mejora de la función notarial:

  • Elaborar informes
  • Recomendar reformas normativas o administrativas para optimizar la seguridad jurídica

Funciones

Control de Registros Notariales:

  • Rúbrica y habilitación del Registro Protocolo.
  • Visita de los registros notariales (Protocolo y Registro de Protocolizaciones) de los escribanos de todo el país, la que comprende tanto la visita incial, final (encuadernados) como aquellas de oficio.

Archivo de Registros Notariales:

  • Custodiar y conservar los registros notariales de escribanos que han cesado en su actividad con el fin de preservar la seguridad jurídica y la memoria documental del notariado uruguayo, lo que garantiza la trazabilidad documental, la autenticidad de los actos jurídicos y el acceso a la información notarial tanto para ciudadanos como para operadores jurídicos.

Registro de Testamentos:

  • Inscribir las relaciones que presenten los escribanos de los testamentos solemnes abiertos, de los testamentos otorgados en el extranjero para surtir efectos en nuestro país y de las cubiertas de testamentos cerrados que autoricen.
  • Inscribir las comunicaciones que efectúen los Jueces
  • Expedir certificado, a solicitud de parte interesada, donde conste si existe o no inscripción a nombre del causante o del declarado ausente.

Legalizaciones:

  • Legalizar la firma de los Escribanos, Jueces, Actuarios, Actuarios Adjuntos y demás funcionarios técnicos del Poder Judicial, Abogados y Traductores que intervienen en los documentos que se expiden para surtir efecto en el extranjero. 

Gestión/expedientes:

  • Informar a la Suprema Corte de Justicia de las irregularidades detectadas en la visita de los registros, así como de los procedimientos disciplinarios de los escribanos.
  • Tramitar expedientes disciplinarios
  • Tramitar expedientes administrativos
  • Asesorar a Jueces y Actuarios sobre Derecho Notarial y responsabilidad notarial.
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