Juez Massita procesó por receptación al comerciante que se defendió matando a un atracador con arma de origen ilícito

19.04.13, de DICOMI-SCJ.- El Juez Letrado de 1º Instancia de Las Piedras de 1º Turno, Dr. Francisco Massita, procesó por receptación un comerciante que disparó sobre un atracador de 17 años que ingresó encapuchado a su comercio, matándolo con una pistola 9 mm. que dijo haber adquirido en una feria vecinal.

El hecho ocurrió en la noche del pasado 15 de abril, en el local comercial de Ramón Ortiz y 18 de Julio. Allí se encontraban el propietario del comercio (33 años) y su madre (62 años) atendiendo a cinco clientes que aguardaban turno. En ese momento ingresa un desconocido con el rostro cubierto por un pasamontañas negro y empuñando un arma de fuego exige la entrega del dinero. El comerciante se cubre bajo el mostrador, toma el arma e intercambia disparos con el atracador que en ese momento amenazaba a su madre.
Tras recibir el disparo el asaltante se aleja del lugar y es hallado después por sus familiares caído en una cuneta. Desde allí lo conducen al hospital, al que ingresa sin vida.
El comerciante declaró haber adquirido la pistola en la feria de Piedras Blancas por valor de cinco mil pesos, motivado por haber sido víctima de un robo. No solicitó documentación alguna ni hizo esfuerzos por regularizar su tenencia. El magistrado consideró que el haber adquirido la pistola en una feria vecinal, demostrar desinterés por el origen de la misma y el haber pagado un precio vil por ella atendiendo a su verdadero valor, amerita la imputación de un delito de receptación (arts. 60 y 350 bis del Código Penal).
Asimismo, Massitta consideró que el comerciante indagado fue víctima de una agresión ilegítima, que repelió utilizando un medio racional (defendiendo su integridad física y la de su madre) sin que hubiera provocación de su parte. Estos razonamientos permitieron establecer que, tal como lo solicitó el Ministerio Público y Fiscal, se configuraron los elementos de justificación previstos en el art. 26 del Código Penal (legítima defensa).
Por lo expuesto, el comerciante fue procesado sin prisión como presunto autor de un delito de receptación (adquirir efectos provenientes de un ilícito), disponiéndose el archivo de las actuaciones en lo que tiene relación con la muerte del asaltante.



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