Juez Guido procesó a cuatro marinos uruguayos por violencia privada contra haitiano

24.09.12, de DICOMI-SCJ.- El Juez Letrado de 1º Instancia en lo Penal de 20º Turno, Dr. Alejandro Guido, dictó el procesamiento con prisión de cuatro efectivos de Urumar por el delito de violencia privada. Estos jóvenes fueron denunciados en agosto de 2011 ante autoridades de Naciones Unidas en Haití por comportamiento inadecuado en relación a un ciudadano de ese país, incluyendo una videograbación en la que se registraron las acciones de los denunciados.

Al tiempo de los hechos investigados, los procesados integraban el contingente uruguayo desplegado en la Operación de Mantenimiento de la Paz de la Organización de las Naciones Unidas en la República de Haití (Minustah) y cumplían funciones en el destacamento naval de Port Salut.
El 27 de mayo de 2011, en horas de la tarde, el ciudadano haitiano J.J.B., de 18 años, fue ingresado al Corimec por uno de los indagados y una vez dentro del dormitorio fue sometido mediante el uso de la fuerza a padecer trato indecoroso, lo cual fue registrado por el smartphone de uno de los efectivos durante 45 segundos.
El magistrado entendió que existen elementos suficientes de convicción para atribuir a los indagados el delito de violencia privada establecido en el art. 288 del Código Penal. Este ilícito se caracteriza por el empleo de la violencia (física o moral) para obligar a otro a hacer, tolerar o dejar de hacer alguna cosa. En el caso "surge indubitablemente acreditado el uso de la dicha violencia" subrayó Guido en su resolución.
El bien jurídico tutelado por la norma es el amparo de la libertad individual, tanto en lo que tiene relación con la autonomía de la voluntad como lo referente a la independencia de acciones.
Respecto de la violación denunciada, el Juez Guido entendió que no se reunieron elementos de convicción suficientes como para tenerla por probada, ya que "no existe un certificado médico corroborante". Además, no existen testigos presenciales y los reconocimientos certeros por parte del denunciante "pueden deberse a un conocimiento previo que el joven negó pero que los indagados afirman que existía".
Guido descartó el ánimo "jocandi" (intención de gastar una broma) alegado por la Defensa de los militares.
El procesamiento con prisión se justifica por "la gravedad intrínseca de estos hechos".


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