Conducir ebrio representa casi la mitad de las faltas cometidas en la capital del país

12.09.14, de DICOMI-SCJ.- La conducción de vehículos automotores en grave estado de embriaguez (art. 365 numeral 1º del C. Penal) y la ocupación indebida de espacios públicos (art. 368 del mismo cuerpo normativo) son los asuntos que se ventilan con mayor frecuencia en los juzgados de faltas de la capital.

Así lo establece un reciente estudio realizado por la Oficina Actuaria de los Juzgados de Faltas de 1º y 2º Turnos de Montevideo.
En un total de 990 asuntos iniciados desde la creación de las mencionadas sedes el 30 de mayo del pasado año hasta el 31 de julio del corriente, casi la mitad (49 %) refieren a conducción de vehículos en estado de ebriedad y un 22,5% son casos de ocupación indebida de espacios públicos.
Los jueces de Faltas, Dra. Mary Campiglia (1º Turno) y Dr. Jorge Pírez (2º Turno) ya han dictado 414 sentencias, de las cuales 205 -casi la mitad- corresponden a conducción de vehículos en estado de ebriedad (49,5%) y 109 -más de una cuarta parte- refieren a conducir vehículos sin la autorización correspondiente (26,3%).

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