Juez Da Costa procesó con prisión a empresario que adulteró vencimiento de alimentos

07.11.14, de DICOMI-SCJ.- El Juez Letrado de 1º Instancia en lo Penal de 13º Turno, Dr. Homero Da Costa, dictó el procesamiento con prisión de una persona que adulteró la fecha de vencimiento en cajas de espinaca en polvo que pretendía vender.

La investigación realizada por la Dirección General de Información e Inteligencia aportó evidencias de que en una empresa dirigida por A.G.D.K. se estaban realizando maniobras ilegales de adulteración de mercadería que estaba vencida y se encontraba en la Usina 5 de la Intendencia de Montevideo. Al inspeccionarse un camión en esa unidad se encontraros 3.600 kilos de una sustancia verde que la intendencia había ordenado destruir en setiembre de 2014. La mercadería contenía solo 15% del espinaca y un 85% de semitín -harina de bajo costo- pretendiendo engañar a los inspectores con que esa era la sustancia a destruir. Se procedió a inspeccionar un depósito donde el empresario guardaba mercadería, y se encontraron 154 cajas de espinaca vencida; algunas de ellas tenían el rótulo de fecha de vencimiento adulterado perteneciendo, en ese caso, a la mercadería que la Intendencia había ordenado destruir.
Según las declaraciones de A.G.D.K. La mercadería "se encontraba en buen estado de conservación" aunque estaba vencida por lo que pretendía remarcarla y devolverla al giro comercial ya que, según sus dichos, no sería perjudicial para la salud humana. Además del hallazgo de mercadería vencida, las inspecciones de la Intendencia evidenciaron que los locales de depósito de la empresa dirigida por D. presentaban irregularidades variadas y muy graves, tales como: falta de higiene en general, condiciones edilicias críticas, presencia de roedores y gatos.
El magistrado consideró que los hechos ameritaban disponer el procesamiento con prisión de A.G.D.K. por la presunta comisión de un delito de estafa en grado de tentativa, de acuerdo a los dispuesto por los artículos 5 y 347 del Código Penal.
El artículo 347 del mencionado código estable que incurre en un delito de estafa quien "con estratagemas o engaños artificiosos, indujere en error a alguna persona, para procurarse a sí mismo o a un tercero, un provecho injusto, en daño de otro".

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