014/2019 - Acordada nº 8015 - Supresión del Juzgado de Paz Departamental de la Capital de 28º Turno

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Acordada nº 8015

7 de febrero de 2019

 

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
RESUELVE:

 

1º.- Suprimir el Juzgdo de Paz Departamental de la Capital de 28º Turno a partir del 1º de marzo de 2019.-

2º.- Confórmase una oficina única con los Juzgados de Paz Departamental de la Capital de 24º y 25º turnos, denominándose Juzgados de Paz Departamentales de la Capital de 24º, 25º y 27º turnos, adecuándose los recursos humanos a la nueva realidad.-

3º.- Los expedientes que se encuentren en trámite a la fecha de la supresión del Juzgado mencionado en el artículo 1º de la presente Acordada, serán distribuidos aleatoriamente por División Tecnología, quien con la debida antelación remitirá los listados correspondientes al Juzgado suprimido, para su redistribución. El Juzgado suprimido comunicará a Divisiòn Planeamiento y Presupuesto la cantidad de expedientes adjudicados a cada turno.-

4º.- La Oficina Actuaria deberá enviar a la División Planeamiento y Presupuesto, en el plazo de cinco (5) días el impreso de la consulta Estadística del Sistema de Gestión de Juzgados Multimateria (SGJM) a la fecha del cierre del Juzgado, así como el relacionado de audiencias del período 1º de enero a la fecha de cierre.-

5º.- El archivo y la documentación perteneciente a la sede suprimida permanecerán en la oficina del Juzgado de Paz Departamental de la Capital de 24º Turno para su resguardo, en calidad de depositaria.-

6º.- Las facultades a que refiere la Acordada nº 7147 serán ejercidas durante el año 2019 en las sedes de 24º y 25º Turnos por el Magistrado de 24º turno y para la sede de 27º Turno por el Magistrado titular, continuando luego en forma anual y rotativa, tal como lo dispone la referida acordada.-

7º.- Cométese a la Dirección General de los Servicios Administrativos el cumplimiento de los procedimientos necesarios para la implantación efectiva del nuevo régimen, la redistribución de los recursos humanos si fuera pertinente y el destino de los recursos materiales de la sede suprimida.-

 

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