Jueza Pedrozo procesó al propietario de perros que atacaron a un hombre en Melo

07.11.17, de DICOMI-SCJ.- La Jueza Letrada de Primera Instancia de Cerro Largo de 1º Turno, Dra. Xenia Pedrozo, dispuso el procesamiento con prisión del propietario de una jauría de perros que atacó a un vecino en las cercanías de la ciudad de Melo, el pasado día 20 de octubre, causándole múltiples heridas que determinaron su posterior fallecimiento en un centro asistencial.

Según surge de las actuaciones y de los relatos aportados por testigos presenciales, el Sr. M.J.A., habría sido víctima de un feroz ataque por tres perros cimarrones de gran porte. El ataque se produjo en un predio vecinal cercano a la propiedad del indagado. En circunstancias en que el hombre caminaba por la zona cuando fue abordado por tres de los cuatro canes que son propiedad del imputado B.S.N.E. y su esposa. Los perros salieron tras él, escapando de la finca donde se encontraban, causándole "múltiples lesiones en los cuatro miembros que interesaron arterias que llevan al fallecimiento por shock hipovolémico"; tal afirmación obra en el informe del forense actuante.

La magistrada imputó al propietario de los canes el delito de homicidio culpable por entender que no actuó con diligencia, siendo el resultado dañoso no querido, y en virtud de que el imputado desacató una anterior intimación a la tenencia responsable de los animales, no respetando las medidas de seguridad sugeridas. "La despreocupación fue de tal entidad, que no se utilizaron dispositivos de seguridad (ejemplo bozal, cadenas fuertes y resistentes para el tamaño y peso de los mismos); se dejaba a los perros sueltos dentro de la propiedad, accediendo estos sin supervisión ni control a la vía pública por el costado del predio, donde el alambrado es el clásico de zona rural (siete u ocho hilos). Con todo el panorama expuesto, le era exigible al indagado una conducta pro-activa, responsable y respetuosa de los derechos de terceros; y estos no se trataban únicamente de daños a la propiedad, puesto que de arranque se visualizaba un riesgo a la integridad física de terceros" expresa la Dra. Pedrozo en el documento de procesamiento.

Dicho procesamiento con prisión se funda en el marco de la ley 18.471 (de protección, bienestar y tenencia de animales), en los artículos 125 y 126 del nuevo Código de Proceso Penal, artículos 5,18, 60 y 314 del Código Penal y en la ley 16.088 (referente a la tenencia de animales feroces).

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